CONVOCATORIA al decimosexto concurso interno de oposición para la designación de Jueces de Distrito.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.
CONVOCATORIA AL
DECIMOSEXTO CONCURSO INTERNO DE OPOSICION PARA LA DESIGNACION DE
JUECES DE DISTRITO.
El Pleno del Consejo de la
Judicatura Federal, en sesión de veinte de octubre de dos mil diez, aprobó
el Acuerdo General 30/2010, que establece el
Procedimiento y Lineamientos Generales para acceder al cargo de Juez de
Distrito mediante Concursos Internos de Oposición, en el que se contempla la
impartición, previo a los concursos, de la Especialidad en Administración de
Justicia en Juzgados de Distrito, cuya
primera generación se llevó a cabo del ocho de agosto de dos
mil once al quince de febrero del presente año.
Por otra parte, en virtud de
diversas reformas legislativas, el Pleno del Consejo de la Judicatura
Federal, ha aprobado la creación de nuevos órganos
jurisdiccionales.
Por lo expuesto, en virtud de las
necesidades actuales del servicio y la creación de nuevos órganos,
que implica la necesidad de la designación de un mayor
número de jueces de Distrito, el Pleno del Consejo de la Judicatura
Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, 94, párrafo
segundo, 97 y 100, párrafos primero, séptimo y octavo de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68, 81, fracción II,
105, 108, 112, 114, 116 y 117 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación; y en el Acuerdo General 30/2010, del Pleno del Consejo de la
Judicatura Federal, que establece el procedimiento y lineamientos
generales para acceder al cargo de Juez de Distrito mediante concursos internos
de oposición, emite la siguiente
CONVOCATORIA
PRIMERO. TIPO DE
CONCURSO, CATEGORIA Y NUMERO DE PLAZAS SUJETAS A EL. El concurso
será interno de oposición para cubrir
30 plazas de juez de Distrito, conforme a las
posibilidades presupuestales del Consejo de la Judicatura
Federal.
SEGUNDO.
PARTICIPANTES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR. En el concurso podrán participar los
servidores públicos del Poder Judicial de la Federación que, al día de la
presentación de la solicitud de
inscripción, reúnan los siguientes
requisitos:
1) Se encuentren desempeñando alguna de las categorías
previstas en el artículo 110, fracciones III a IX, de la
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, aun cuando se encuentren con
licencia o comisión;
2) Antigüedad de cuando menos cinco años en la carrera
judicial, en una o más de las categorías a que se refiere
el inciso anterior;
3) Ser ciudadano mexicano por nacimiento;
4) No haber adquirido otra nacionalidad y estar en pleno
goce de sus derechos civiles y políticos;
5) Ser mayor de treinta años;
6) Gozar de buena reputación;
7) No haber sido condenado por delito intencional con
sanción privativa de libertad mayor de un año;
8) Contar con título de licenciado en derecho expedido
legalmente y práctica profesional de cuando menos cinco
años; y
9) Los que se señalan en el Acuerdo General 30/2010, del
Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que
establece el Procedimiento y Lineamientos Generales para acceder al cargo de
Juez de Distrito, mediante concursos internos de
oposición.
[NOTA DE COEDI: El artículo 3 del Acuerdo General 30/2010 dispone: "Artículo 3. Los requisitos que para ser juez de Distrito deben reunirse al momento de la inscripción, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 100 de la Constitución y las relativas de la Ley, son:
I. Los que establecen los artículos 108 y 113, párrafo segundo, de la Ley;
II. Antigüedad de cuando menos cinco años en la carrera judicial, en una o más de las categorías señaladas en las fracciones III a IX del artículo 110 de la Ley;
III. Conocimientos en materia jurídica para aplicar e interpretar la ley, con objetividad, profesionalismo e imparcialidad; y
IV. Experiencia y preparación en la función jurisdiccional."]
TERCERO. LUGAR,
PLAZO Y DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA INSCRIPCION. Durante los
días hábiles comprendidos del
18 al 22 de
junio de dos mil doce, de las nueve a las quince y de las
dieciséis a las dieciocho horas, deberán presentar los
siguientes documentos:
1) Formato de inscripción con firma autógrafa, que
estará a su disposición en la página web del Instituto de la
Judicatura Federal (http://www.ijf.cjf.gob.mx), acompañado de los documentos que
se señalan
en los siguientes
incisos;
2) Escrito en el que manifieste el domicilio donde pueda
ser localizado o notificado, así como su correo electrónico
personal;
3) Escrito en el que, bajo protesta de decir verdad,
manifieste si es ciudadano mexicano por nacimiento, si cuenta
únicamente con nacionalidad mexicana, si se encuentra en pleno ejercicio de sus
derechos, y si no ha sido condenado por delito intencional con
sanción privativa de la libertad mayor de un año;
4) Constancia expedida por la Dirección General de
Recursos Humanos del Consejo, de la Corte o del Tribunal
Electoral, en la cual se especifique si en el expediente personal obran en copia
certificada: el acta de nacimiento, el título y la cédula
profesional; las constancias de quejas o denuncias administrativas formuladas en su contra y el
resultado de esos procedimientos; las constancias de antigüedad y
de las categorías de la carrera judicial desempeñadas en el Poder Judicial de
la Federación; y, en su caso, la relación detallada de
los estudios realizados relacionados
exclusivamente con el ámbito jurídico, y
las constancias que acrediten dichos estudios.
En caso de que en la constancia expedida por la
Dirección General de Recursos Humanos del Consejo, de
la Corte o del Tribunal Electoral se manifieste que en el expediente personal
del
participante no obra copia certificada
del acta de nacimiento, el título o cédula profesional, aquél deberá
exhibir y entregar el documento original o en copia certificada ante el
Instituto de la Judicatura Federal, antes de que expire el plazo de
inscripción.
Asimismo, en el momento de la inscripción el
participante podrá acompañar las constancias de los estudios en
el ámbito jurídico que hubiere realizado con anterioridad a la fecha de su
inscripción y que de acuerdo a la certificación que expida la
Dirección General de Recursos Humanos
correspondiente, no obren en su
expediente personal.
El participante cuyo nombramiento concluya durante el
periodo de inscripción o en el proceso del concurso,
deberá presentar original o copia certificada del documento que acredite la
prórroga del
nombramiento, signado por el titular del
órgano jurisdiccional al que se encuentre adscrito o del nuevo
nombramiento de existir cambio de adscripción; y
5) En su caso, la constancia que acredite su
participación y aprobación en la Especialidad en Administración de Justicia en Juzgados de
Distrito.
Los documentos mencionados deberán
presentarse por el interesado o un tercero, en la sede central del Instituto de
la Judicatura Federal ubicada en calle Sidar y Rovirosa 236, colonia Del Parque,
delegación Venustiano Carranza, código postal 15960, México,
Distrito Federal.
No se admitirá la presentación de
solicitudes o documentos enviados por conducto de empresas de mensajería
privada.
CUARTO.
VERIFICACION DE LAS SOLICITUDES. El
Instituto verificará que las solicitudes contengan todos los
datos necesarios, y que estén acompañadas de los documentos requeridos en los
incisos 1) al 5) del
punto TERCERO de esta convocatoria, sin los cuales las solicitudes
serán rechazadas.
QUINTO. FORMA DE
PUBLICACION DE LA LISTA DE LOS ASPIRANTES ADMITIDOS AL CONCURSO. El Instituto elaborará la lista de las personas que
cumplan con los requisitos para presentarse a la primera
etapa del concurso y la enviará a la Comisión de Carrera Judicial para su
conocimiento, la que a su vez deberá remitir al Pleno del Consejo de la
Judicatura Federal, para su aprobación.
La lista de los participantes
admitidos al concurso será publicada, una sola vez, para efectos de notificación, en el Diario Oficial de la Federación
y, para mayor difusión, en el diario de circulación nacional que hubiese
servido como medio de publicación de la convocatoria, así como en la página web
del Instituto.
SEXTO. FORMA EN
QUE SE IDENTIFICARAN LOS ASPIRANTES.
Durante el desarrollo de cada una de
las etapas del concurso, los aspirantes
deberán identificarse con alguno de los siguientes documentos vigentes y
en original: credencial para votar con fotografía, credencial del Poder Judicial
de la Federación, pasaporte o cédula profesional.
SEPTIMO.
PROHIBICION DE REALIZAR GESTIONES PERSONALES. Publicada la convocatoria y durante el
desarrollo del concurso, los participantes deberán abstenerse de realizar
trámites, compromisos, entrevistas, acuerdos o gestiones personales ante los
integrantes del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, del
Instituto de la Judicatura Federal, del Comité o del Jurado que intervenga en el
concurso. La contravención de esta disposición, ameritará la
descalificación inapelable del participante.
OCTAVO. ETAPAS
DEL CONCURSO, FORMAS DE EVALUACION Y DESIGNACION DE VENCEDORES. Se llevarán a cabo, conforme se establece en los
artículos 7 y del 17 al 56 del Acuerdo
General 30/2010, del Pleno del Consejo
de la Judicatura Federal, que establece el Procedimiento y Lineamientos
Generales para acceder al cargo de Juez de Distrito mediante Concursos Internos
de Oposición.
NOVENO. PASE A
LA SEGUNDA ETAPA. De conformidad con lo
dispuesto en la fracción II, párrafo
segundo, del artículo 114 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el
artículo 22, tercer párrafo, del Acuerdo General 30/2010,
pasarán a la segunda etapa del concurso, el número de personas que
por cada una de las plazas nuevas o vacantes sujetas a concurso, obtengan las
más altas calificaciones aprobatorias, que no podrá ser menor a ochenta y
cinco puntos, asegurando que el
número de los seleccionados sea mayor al de las plazas
concursadas.
Asimismo, pasarán a la segunda
etapa del concurso, quienes en la evaluación final de la Especialidad
en Administración de Justicia en Juzgados de Distrito
hayan obtenido calificación aprobatoria de ochenta y cinco como mínimo
y que, en su solicitud de inscripción al concurso manifiesten que optan por que
se les considere dicha calificación como la relativa a la de la
primera etapa.
Si el número de participantes que
se encuentren en esos supuestos es igual o menor a treinta, la cantidad
de plazas sujetas al concurso se
reducirá en la medida que sea necesario para que el número de
concursantes seleccionados sea mayor que
el de las plazas concursadas, a fin de dar cumplimiento a lo establecido
en la Ley Orgánica antes citada.
DECIMO.
CALENDARIO.
ACTIVIDAD
|
FECHA
|
1ra.
Etapa:
- Solución de un
Cuestionario.
|
2 de julio de
2012.
|
2da.
Etapa:
- Solución de un
Caso Práctico.
|
6 de agosto de
2012.
|
Entrega del
concentrado de datos y elementos que integran los
Factores de Desempeño Judicial.
|
6 de agosto de
2012.
|
- Examen
Oral.
|
Del 17 al 28 de
septiembre de 2012.
|
- Publicación de
la lista de vencedores en el Diario Oficial de
la Federación.
|
5 de octubre de
2012.
|
Este calendario podrá ser
modificado únicamente por causas que así lo justifiquen.
DECIMOPRIMERO.
TEMARIOS PARA LOS EXAMENES DE OPCION MULTIPLE Y ORAL. Serán
consultables en su oportunidad en la
página web del Instituto:
www.ijf.cjf.gob.mx.
[NOTA DE COEDI: Los temarios ya aparecen publicados en la página web del Instituto de la Judicatura Federal, en archivos separados por materia; el listado unificado puede verse en http://amparo-garantias-y-derechos-humanos.coedi.edu.mx/2012/06/temarios-para-los-examenes-del-concurso.html ]
[NOTA DE COEDI: Los temarios ya aparecen publicados en la página web del Instituto de la Judicatura Federal, en archivos separados por materia; el listado unificado puede verse en http://amparo-garantias-y-derechos-humanos.coedi.edu.mx/2012/06/temarios-para-los-examenes-del-concurso.html ]
DECIMOSEGUNDO.
OBSERVACIONES Y OBJECIONES. De
conformidad con los artículos 13, fracción X, y 24 del
Acuerdo General 30/2010, del Pleno del Consejo, dentro del plazo de cinco días
hábiles siguientes al que se hubiera publicado en el Diario Oficial de
la Federación la lista de los aspirantes que resulten seleccionados para la oposición, cualquier persona
podrá presentar ante el Instituto de la Judicatura Federal, por escrito
y de manera respetuosa, las observaciones u objeciones respecto de alguno o
algunos de los participantes incluidos en la lista, debiendo
acompañar, en su caso, los documentos que sustenten o corroboren
sus afirmaciones.
DECIMOTERCERO.
DESIGNACION DE VENCEDORES. En términos
de lo que señala el artículo 54,
último párrafo, del Acuerdo General
30/2010, para la designación de vencedores se considerará sólo a aquellos
participantes que hayan obtenido una calificación final en el concurso, igual o
mayor a ochenta puntos; quienes no alcancen esa calificación, no
podrán ser designados en el cargo de Juez de Distrito.
DECIMOCUARTO.
NOTIFICACION DE LOS RESULTADOS. La lista
definitiva con el resultado final del
concurso se publicará, con efectos de
notificación a los interesados en el Diario Oficial de la Federación
y, para su mayor difusión, en el Semanario Judicial de
la Federación y su Gaceta, en los estrados de la sede central del
Instituto, en sus extensiones y en su página web, así como en el periódico de
circulación nacional en el que se haya publicado la presente
convocatoria.
DECIMOQUINTO.
FACULTAD DE REVISAR Y VERIFICAR LA AUTENTICIDAD DE LA DOCUMENTACION. El Consejo de la Judicatura Federal tendrá, en todo
momento, la facultad de revisar la
información que los aspirantes le
hubieren proporcionado.
DECIMOSEXTO.
NOMBRAMIENTO Y ADSCRIPCION. A los jueces
de Distrito designados como consecuencia del Concurso, se les expedirá el
nombramiento conforme a las necesidades del servicio, e iniciarán
funciones a partir de la fecha en que el Pleno determine que surte efectos la
adscripción que les asigne, previa la protesta
constitucional.
DECIMOSEPTIMO.
INSTANCIAS FACULTADAS PARA RESOLVER LAS CIRCUNSTANCIAS NO PREVISTAS. Las circunstancias no previstas en la Ley, en el
Acuerdo General 30/2010 o en esta
convocatoria, serán resueltas por el
Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, la Comisión de Carrera Judicial, el
Comité a que se refiere el artículo 116 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de
la Federación o el Jurado del concurso, en el ámbito de su competencia,
según corresponda.
DECIMOCTAVO.
CAUSAS DE DESCALIFICACION. Son causas de
descalificación de los participantes
las señaladas en el artículo 60 del
Acuerdo General 30/2010, cuyo contenido es el siguiente:
"Artículo 60. Son causas de descalificación del
aspirante:
I. No alcanzar la calificación suficiente para ser
seleccionado en los términos del artículo 114 de la Ley;
II. Infringir lo dispuesto por el artículo 12 de este
acuerdo;
III. La omisión de datos e información necesaria o la
falsedad de cualquiera de las manifestaciones que realice bajo
protesta de decir verdad;
IV. No presentarse el día, lugar y hora señalados para la
realización de los exámenes que integran las diversas
etapas del concurso;
V. La separación por sanción de cualquiera de los cargos
de carrera judicial señalados en las fracciones III a IX del
artículo 110 de la Ley, sin importar la etapa en que se encuentre el concurso;
y
VI. La impresión en los documentos relativos a los
exámenes, mediante escritura, dibujo o adherencia, de cualquier
seña, figura, signo o nombre no autorizados que pueda servir para identificar
al sustentante.
La actualización de alguna de las
causas señaladas en este mismo artículo, traerá como consecuencia la descalificación del aspirante, cualquiera que sea la
etapa del concurso en que se dé. Para resolver sobre la
descalificación de un concursante por la
actualización de una causa, con excepción de la contenida en la fracción I
de este artículo que operará de pleno derecho, la Comisión emitirá un dictamen
fundado y motivado que elevará al Pleno del Consejo, para su aprobación.
Si se considera procedente la descalificación, se notificará
personalmente dicha resolución al afectado.
La descalificación se decretará sin
perjuicio del inicio de los procedimientos de responsabilidad y
otros que, en su caso procedan".
DECIMONOVENO. La presentación de la solicitud implica,
necesariamente, que el aspirante conoce los requisitos
exigidos para la inscripción y participación en el concurso, así como su
conformidad con ellos.
TRANSITORIO
UNICO. Publíquese la presente Convocatoria por una vez en
el Diario Oficial de la Federación y por dos veces en uno
de los diarios de mayor circulación nacional, con un intervalo de cinco días
hábiles entre cada publicación, en cumplimiento de lo ordenado por el
artículo 114, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de
la Federación, y para su mayor difusión en la página web del Consejo de la
Judicatura Federal, del Instituto de la Judicatura Federal y del Tribunal
Electoral.
EL MAGISTRADO
J.
GUADALUPE TAFOYA HERNANDEZ, SECRETARIO EJECUTIVO DEL PLENO DEL
CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, CERTIFICA:
Que esta Convocatoria al decimosexto
concurso interno de oposición para la designación de jueces de Distrito,
fue aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en
sesión ordinaria de treinta de mayo de dos mil doce, por unanimidad de votos de
los señores Consejeros: Presidente Ministro Juan N. Silva Meza,
Daniel Francisco Cabeza de Vaca Hernández, Juan Carlos Cruz
Razo, César Esquinca Muñoa, César Alejandro Jáuregui Robles, Jorge Moreno
Collado y Manuel Ernesto Saloma Vera.- México, Distrito Federal, a
treinta de mayo de dos mil doce.-
Conste.- Rúbrica.
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